jueves, 7 de noviembre de 2013

"Su moral y la mía"

“Usted tiene su moral y yo la mía”. Carlos Morín, el rey de la práctica abortiva en España, no sólo pasará a la historia por esa frase.

Pongámonos en situación.

Una periodista danesa, embarazada de 30 semanas –siete meses y medio- contacta por teléfono con Carlos Morín (no voy a utilizar el tratamiento de don, señor o doctor, obviamente), le propone abortar y la conversación es la que sigue:

- “Estás en el límite en que te podemos ayudar. 30 semanas. ¿Es correcto?”, dice Morín.
- “Sí, 30 semanas. ¿Es eso un problema?”, pregunta la periodista.
- “No es un problema pero tienes que venir cuanto antes”, señala Morín.

La periodista, junto a un acompañante, son recibidos por Carlos Morín en una de sus clínicas. La mujer afirma estar embarazada de 7 meses y dice querer abortar por haber roto con el padre de su hijo. Morín le explica que en su caso se le inyectaría un tóxico al feto. Literalmente:

- “Ponemos un tóxico en el corazón de la víctima y causa la muerte inmediata”, dice Morín.
- “¿Qué toxico?”, pregunta el acompañante.
- “Digoxina”, contesta Morín.

La periodista insiste en preguntar si habrá problemas, Morín dice que no. Se le pregunta por el coste de la intervención. 4000 € es la respuesta.

El aborto finalmente no se produce. El objetivo de la periodista no era abortar, sino denunciar las prácticas de Morín y sus cómplices abortistas. Lo consigue. Todo lo entrecomillado es real, es parte del vídeo que grabó la periodista danesa con una cámara oculta.


En una sorprendente sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 30 de enero de 2013 se absuelve a Carlos Morín Guemarra y otros diez colaboradores de los delitos de aborto ilegal, falsedad documental, asociación ilícita e intrusismo profesional. Entre otras irregularidades procesales, el vídeo no se admitió como prueba. ¡Ojo!

El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia de fecha 28 de octubre, anula el proceso llevado a cabo por la citada Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona. Entre otros muchos, contundentes y jurídicamente razonados motivos (estamos hablando de una sentencia de 115 páginas), considera inadmisible la argumentación utilizada por la Audiencia Provincial para no admitir como prueba el vídeo mencionado (la argumentación jurídica del Tribunal Supremo al respecto no tiene desperdicio) y en el FALLO establece, entre otros, que “la celebración del nuevo juicio deberá llevarse a cabo ante un Tribunal integrado por Magistrados distintos de los que han suscrito la sentencia que ahora anulamos. ¡Ojo!

¿Se hará finalmente justicia a las cientos de vidas que dejaron de serlo a manos de Carlos Morín y sus colaboradores?


Que así sea.

Cronología embrionaria

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